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Ley 32-23: tu plazo es el 15 de noviembre de 2026 si eres pequeño o micro

La facturación electrónica no llegó de golpe para todos. Entró por tandas, según el tamaño del contribuyente, y a los negocios pequeños les toca la última. Esta es la fecha que te aplica, lo que pasa si se te pasa, y cuánto tarda de verdad cada paso.

El calendario, por tandas

La Ley 32-23 fijó un calendario escalonado. Lo primero que hay que saber es en qué grupo estás, porque la fecha cambia por completo:

Categoría en la DGIIObligatorio desde
Grandes contribuyentes nacionalesmayo de 2024
Grandes locales y medianos15 de noviembre de 2025
Pequeños, micro y no clasificados15 de noviembre de 2026

Un colmado, una farmacia de barrio, una ferretería, un salón o un taller entran casi siempre en el último grupo. Si no sabes tu categoría, aparece en tu perfil de la Oficina Virtual de la DGII.

Hubo una prórroga, y mucha gente no se enteró. El plazo original para pequeños, micro y no clasificados era el 15 de mayo de 2026. La DGII lo movió seis meses, al 15 de noviembre. Se aplicó de forma automática: no había que pedir nada. Si te dijeron que ya estabas fuera de plazo en mayo, era información vieja.

Qué pasa si se te pasa la fecha

Las sanciones de la Ley 32-23 se calculan en salarios mínimos, y pueden llegar hasta cincuenta. A eso se suman restricciones operativas y, en casos de reincidencia, el cierre del establecimiento.

Pero hay una consecuencia menos comentada y más inmediata: una factura emitida fuera de la norma pierde su validez fiscal. Eso no te afecta solo a ti — afecta a quien te compró, que se queda sin poder sustentar ese gasto. En la práctica significa que los clientes formales empiezan a comprarle a otro.

Los tres pasos, y cuál se atrasa

  1. Autorización como emisor electrónico. Se solicita a la DGII. Es un trámite administrativo.
  2. Certificado digital vigente, emitido por una entidad autorizada. Este es el que se atrasa. Depende de un tercero, tiene coste anual y no se consigue de un día para otro. Si vas a hacer una sola cosa este mes, que sea empezar por aquí.
  3. Un sistema que lo emita. Que genere el XML en el formato de la DGII, lo firme con tu certificado, calcule su código de seguridad y su QR, y lo transmita.
El orden importa. De los tres pasos, dos dependen de terceros y solo uno de ti. Quien deja el certificado para octubre llega a noviembre con el sistema listo y sin poder firmar nada.

Qué cambia en el día a día

Con NCF impreso, tú emites y declaras después en el 607. Con e-CF, el documento se firma y se envía a la DGII en el momento, y la DGII responde aceptándolo. Las diferencias que se notan:

Lo que puedes hacer mientras tanto

Hasta que te llegue tu fecha, el NCF sigue siendo plenamente válido. No hay que correr a cambiar nada el mismo día. Lo sensato es:

Preguntas frecuentes

¿Es verdad que hubo una prórroga?

Sí. Del 15 de mayo al 15 de noviembre de 2026, seis meses, automática y sin solicitud.

¿Puedo seguir facturando con NCF impreso hasta noviembre?

Sí, con normalidad. Lo que no conviene es esperar al último mes por el asunto del certificado.

¿Y si mi negocio es informal y no factura?

La obligación aplica a contribuyentes registrados. Si operas sin RNC, tu problema no es la Ley 32-23 todavía — pero cualquier cliente formal que quiera sustentar su compra te va a pedir comprobante, y ahí se acaba la venta.

Dónde está Qorevia en todo esto, sin adornos. El NCF funciona hoy: secuencias por tipo, aviso cuando se agotan, y reportes 606 y 607. El e-CF está construido —genera el XML, lo firma con XAdES, calcula el código de seguridad y el QR— pero la transmisión a la DGII está en certificación, así que hoy responde un simulador y no sirve para declarar. Cuando la autorización quede, empieza a transmitir sin que tengas que cambiar nada.

Lo decimos así porque contratar un sistema para cumplir en noviembre y descubrirlo en diciembre sería mucho peor que leerlo ahora.

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Esta guía resume la normativa pública de la DGII a fecha de agosto de 2026. No es asesoría fiscal: para tu caso concreto, consulta con tu contador o directamente con la DGII.